México, 8 de febrero de 2022. En
próximos días se elegirá la titularidad de dos instituciones
fundamentales para la atención a víctimas en el estado de Quintana Roo: la
presidencia de Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CDHQROO) y de
la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAVEQROO). Las
organizaciones que firmamos este pronunciamiento estamos firmemente
convencidas de que, más allá de los requisitos formales de elegibilidad,
las personas que sean designadas a estas altas responsabilidades
públicas deben de contar con independencia y una trayectoria sumamente sólida en la protección y defensa de los derechos humanos.
La noche
del 9N un grupo de personas, en su mayoría mujeres, salieron a las
calles de Cancún, Quintana Roo, para manifestarse contra la violencia
feminicida. Durante la protesta, agentes policiacos perpetraron
violaciones graves a derechos humanos en contra de las personas, en su
mayoría mujeres, que ejercían su derecho a manifestarse. Como
consecuencia de la represión, por lo menos 3 personas resultaron heridas
con arma de fuego; 8 fueron detenidas arbitrariamente; 2 sufrieron
tortura sexual; 1 tortura física y 13 resultaron heridas.¹
En ese
contexto, y en un país con altos índices de violencia contra las
mujeres, nos preocupa profundamente el hecho de que personas
responsables de entorpecer u obstaculizar el acceso a la verdad, la
justicia y la reparación de las víctimas de la represión del 9 de
noviembre de 2020 (9N), pudieran llegar a la titularidad de estos
organismos clave de derechos humanos. La garantía efectiva de no
repetición de acuerdo con estándares internacionales en materia de
derechos humanos implica que, desde el poder público, se
garantice un proceso que escuche la opinión de las víctimas, como las
del 9N, y que perfiles que no sean -o no parezcan- independientes o
estén relacionados directa o indirectamente con casos de violaciones
graves a derechos humanos, no sean designados.
Los
“Principios de París”, aprobados por la Asamblea General de las Naciones
Unidas el 20 de diciembre de 1993, representan la principal fuente de
estándares normativos para las instituciones nacionales de derechos
humanos. De acuerdo a dichos principios, estas instituciones requieren
condiciones básicas para desempeñar sus tareas en términos de su
composición y garantías de independencia y pluralidad. Al respecto, los
Principios de París establecen que con el objeto de asegurar su
independencia e imparcialidad, las instituciones nacionales de derechos
humanos deben asegurar que en su composición estén “representadas
la pluralidad de las fuerzas sociales activamente comprometidas con la
promoción y protección de los derechos humanos”.
Con base en los Principios de París, las organizaciones que firmamos pensamos que personas como Judith Rodríguez Villanueva y César Cervera Paniagua no
cuentan con la autonomía e independencia para presidir la Comisión
Estatal de Derechos Humanos, por su afinidad con un partido político y
consecuente falta de independencia. Además, Rodríguez Villanueva,
incumplió acuerdos con las víctimas del 9N que han permitido que el caso
continúe en impunidad.
Se debe además garantizar que llegue a la CEAVEQROO un
perfil que respete los derechos de las víctimas, con reconocida
trayectoria en materia de derechos humanos y que su elección cuente con
la participación de la sociedad civil, entre otros, organizaciones y
colectivos que han visto vulnerados sus derechos humanos. Preocupa que
la actual CEAVEQROO está en abierto desacato a una decisión judicial
sobre el caso 9N, y que esta circunstancia se mantenga si no se elige a
un perfil adecuado como persona titular de la institución.
Es
indispensable que los poderes públicos del estado de Quintana Roo
garanticen que la persona que sustituya a actual titular de la CEAVEQROO
no incurra en las mimas prácticas de revictimización y violación a los derechos humanos de las víctimas.
La
causante de la impunidad no es abstracta; el Gobierno del Estado de
Quintana Roo y el Poder Legislativo deben de asumir su compromiso de
garantizar que las personas que lleguen a la titularidad de la CEAVEQROO
y de la CDHQROO sean independientes y tengan una sólida trayectoria en
materia de derechos humanos, para #NuncaMás permitir la
impunidad. Solo en esa medida se construirá confianza ciudadana sobre
una decisión de gran relevancia para la salvaguarda de los derechos
humanos de las personas que habitan y transitan en Quintana Roo y se
recuperará la legitimidad de una institución esencial para establecer
límites a los abusos de poder.
#SinCuotasNiCuates
¹ Tras
los hechos del 9N, la CDHQROO emitió la Recomendación
CDHQROO/20/2020/II. Luego de meses de revictimización, el 8 de junio de
2021, el presidente de la CDHQROO acordó tener por “NO CUMPLIDA en su
totalidad la Recomendación CDHEQROO/20/2020/II”. Por ello, se dio vista a
la Legislatura del estado de Quintana Roo por el incumplimiento de la
Recomendación y la CDH cerró el expediente del caso del 9N en
definitiva. El 9 de noviembre de 2021, Amnistía Internacional (AI), la
Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos
(CMDPDH) y el Comité de Víctimas del #9N sostuvimos una reunión de
trabajo con la diputada Judith Rodríguez Villanueva, quien reconoció el
retraso en llamar a comparecer a la presidenta municipal de Benito
Juárez por el incumplimiento de la Recomendación y se comprometió a
tomar acciones para superar el atraso procesal. Un mes después, la
diputada Rodríguez Villanueva presidió la sesión de la Comisión de
Derechos Humanos del Poder Legislativo en donde, inexplicablemente, se
tuvo por cumplida la Recomendación; con lo que se traicionó el
compromiso alcanzado con las víctimas. Esta decisión fue ilegal y
profundamente cuestionable por las siguientes razones: La CDHQROO ya
había declarado el incumplimiento total de la Recomendación en junio de
2021, por lo que, no podía revertir su propio acto administrativo que ya
se encontraba firme. Ni el Poder Legislativo ni la CDHQROO tienen
facultad para recibir, valorar y calificar pruebas de cumplimiento
extemporáneas de una Recomendación cuyo expediente ya había sido
concluido y remitido al Poder Legislativo. Los procedimientos de
responsabilidad penal y administrativa de los perpetradores no han
arrojado ningún avance sustantivo. Todas las medidas de reparación
(compensación, satisfacción, rehabilitación, restitución y garantías de
no repetición) se encuentran en litigio constitucional. Incluso, un par
de meses previos al acto ilegal del Poder Legislativo, un Juzgado de
Distrito dictó más de una decena de sentencias favorables a las víctimas
del 9N contra los dictámenes de reparación emitidos por la CEAVEQROO y
ordenó que se repusiera el procedimiento. Así, la declaratoria de
cumplimiento de la Recomendación constituye desacato a una decisión
judicial. En la fecha en que se dio la declaratoria de cumplimiento
estaba corriendo el plazo para que las víctimas del 9N presentaran un
juicio de amparo contra las medidas de satisfacción que, en un acto de
simulación, habían sido recientemente implementadas por el gobierno
municipal de Benito Juárez. El 9 de noviembre no fue designado como “Día
Municipal en contra de la Represión Policial” sino como “Día Municipal
del Derecho Humano a la Legítima Protesta”, lo cual cambió el sentido y
la responsabilidad de las autoridades estatales. Las víctimas rechazaron
conceder una prórroga de cumplimiento a las autoridades responsables y
manifestaron públicamente su más abierto rechazo a la forma en que se
han implementado las medidas de reparación.
Los
hechos del 9N conmocionaron a la sociedad quintanarroense, pues un acto
de protesta contra la violencia de género se convirtió en un nuevo
episodio de violencia atroz contra las mujeres. A más de un año de los
hechos, las víctimas no han podido acceder a la verdad, la justicia o la
reparación del daño.
Organizaciones firmantes
Comisión
Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) /
Observatorio de Designaciones Públicas / Comité de Víctimas del #9N /
Red Posi+hiva
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